Sistema Universal de Derechos Humanos
Recommendation [Ratificación de los instrumentos pertinentes] El Comité recomienda al Estado parte ratificar con urgencia la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y el Convenio sobre las Agencias de Empleo Privadas, 1997 (núm. 181), el Convenio sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, 2006 (núm. 187) y el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189) y el Protocolo relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29), de la OIT, así como la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 1961, del ACNUR.
Reference code CMW/C/SLV/CO/3 Recommendation date 24/05/2023 Mechanism Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Related Rights
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Principio de cooperación internacional
Responsible institutions
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
Source of the recommendation Art.7, 73, 84 Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
Legal basis for the institutions. Constitución de la República: Art. 131, 159, 167 y 168
Observations Observaciones finales sobre el tercer informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CMW%2FC%2FSLV%2FCO%2F3&Lang=es
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