Sistema Universal de Derechos Humanos
Recommendation [Legislación y aplicación] El Comité recomienda que el Estado parte asegure un espacio de diálogo de amplia participación con la sociedad civil durante el desarrollo de la ley especial de movilidad humana y el plan nacional de la migración, y que ambos respondan a los estándares internacionales asegurando que se respetan las provisiones de la Convención y evitando retrocesos en el reconocimiento de derechos que ya están plasmados en leyes y normativas vigentes. El Comité reitera su recomendación al Estado parte para que tome las medidas necesarias para retirar las declaraciones formuladas a los artículos 32, 46, 47 y 48, así como al artículo 61, párrafo 4, de la Convención
Reference code CMW/C/SLV/CO/3 Recommendation date 24/05/2023 Mechanism Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Related Rights
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Principio de cooperación internacional
Responsible institutions
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
Source of the recommendation Art.7, 73, 84 Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
Legal basis for the institutions. Constitución de la República: Art. 131, 159, 167 y 168
Observations Observaciones finales sobre el tercer informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CMW%2FC%2FSLV%2FCO%2F3&Lang=es
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