Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Recordamos que los delitos que no reúnen los elementos para ser calificados como "terroristas", independientemente de su gravedad, no deben ser abordados por la legislación antiterrorista. Sólo las conductas de "carácter verdaderamente terrorista" pueden ser identificadas como tales en la legislación y la práctica de los Estados.
Código de referencia OL SLV 4/2022 Fecha de recomendación 12/10/2022 Mecanismo Mandatos de la Relatora Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo; del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias; del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación: de la Relatora Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental: de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias: de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños y del Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y las niñas
Derechos relacionados
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Derecho a la libertad personal. Derecho a la seguridad
  • Derecho a la igualdad ante la ley y protección de la ley
  • Derecho a un juicio justo y público por un tribunal independiente e imparcial
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
Fuente que surge la recomendación Declaración Universal de Derechos Humanos: Arts, 1, 2, 3, 7, 8, 9 y 11; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Arts. 2, 3. 4, 9, 10, 14 y 26 ; Pacto Internacional de Derechos Economicos, Culturales y Sociales: Arts. 2, 3 y 4
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 131, 167 y 168
Observaciones Comunicación al Estado: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=27614 Régimen de Excepción, sus (6) prórrogas y reformas penales.
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