Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 103.163 Revisar las leyes que tipifican como delito la práctica del aborto y garantizar el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva para todas las mujeres y niñas, y velar por que las mujeres no sean procesadas penalmente por sufrir un aborto espontáneo (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);
Código de referencia A/HRC/43/5 Fecha de recomendación 02/01/2020 Mecanismo Examen Periódico Universal
Derechos relacionados
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Salud (MINSAL)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
Fuente que surge la recomendación Declaración Universal de Derechos Humanos: Arts. 1, 2, 3 y 28; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos : Arts. 2 y 3; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Arts. 2 y 3; Convención del Niño: Art. 2 y 3
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 65, 131, 167, 168 y 193; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 42; Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: Arts. 1, 3 y 4; Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres: Art. 7 y 8; Ley Crecer Juntos: Arts. 152 y 154
Observaciones Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, 3a ciclo: https://www.ohchr.org/es/hr-bodies/upr/sv-index
Actualización 04/11/2019
Regresar