Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación [Monitoreo independiente] l Comité recomienda fortalecer y sistematizar la cooperación entre la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de derechos humanos, así como establecer un proceso claro, transparente, participativo y competitivo, regulado por ley, para los nombramientos y las designaciones de los puestos de toma de decisiones, con el fin de fomentar la independencia y funcionamiento de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).
Código de referencia CMW/C/SLV/CO/3 Fecha de recomendación 24/05/2023 Mecanismo Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Derechos relacionados
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Principio de cooperación internacional
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Art.7, 73, 84 Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art.159, 167 y 168 y 194; Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos: Arts. 4 y 11
Observaciones Observaciones finales sobre el tercer informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CMW%2FC%2FSLV%2FCO%2F3&Lang=es
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