Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 14. Sírvanse indicar si el Estado parte ha tomado medidas para garantizar el derecho de los trabajadores migratorios y de sus familiares a la libertad y a no ser objeto de ninguna medida de reclusión arbitraria en el marco de los procedimientos administrativos relacionados con la migración, sobre todo en lo tocante a la entrada, la residencia y la expulsión. Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados sobre el número de migrantes privados de libertad, desglosados por nacionalidad, sexo, edad y situación migratoria de los trabajadores migratorios y sus familiares, indicando la duración de la reclusión y el número de personas que han sido puestas en libertad y que actualmente son objeto de un procedimiento alternativo. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para prohibir el internamiento de los niños, o de sus progenitores, que se encuentren en situación irregular, de conformidad con las observaciones generales conjuntas núms. 3 y 4 del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y núms. 22 y 23 del Comité de los Derechos del Niño (2017).
Código de referencia CMW/C/SLV/QPR/3 Fecha de recomendación 23/02/2021 Mecanismo Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Derechos relacionados
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Economía (MINEC)
  • Dirección General de Centros Penales (DGCP)
Fuente que surge la recomendación Art.7, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 73, 84 Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
Base legal de las competencias de las instituciones. Art. 131 y 167 de la Constitución de la República; Art. 32, 37 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo; Ley Especial de Migración y extranjería: Art. 6, 12 y 13
Observaciones Lista de cuestiones previa a la presentación del tercer informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CMW%2FC%2FSLV%2FQPR%2F3&Lang=en
Actualización 25/11/2022
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