Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación [Violencia contras las mujeres y niñas] El Comité recomienda al Estado parte que: a) Realice investigaciones exhaustivas sobre los feminicidios y todos los casos de violencia contra la mujer, y enjuicie y sancione a todos los perpetradores, según sea apropiado;
Código de referencia E/C.12/SLV/CO/6 Fecha de recomendación 09/11/2022 Mecanismo Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derechos relacionados
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Obligación estatal de desarrollo progresivo de los derechos y de garantizar derechos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
Fuente que surge la recomendación Pacto Internacional de Derechos Ecónomicos, Sociales y Culturales: Arts. 2, 3,10 y 16
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 159, 167, 168 y 193; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: Art. 2 y 12;Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: Arts. 3 y 4.
Observaciones Observaciones finales sobre el sexto informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E%2FC.12%2FSLV%2FCO%2F6&Lang=es
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