Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación b) Redoble sus esfuerzos en la aplicación efectiva de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, así como el Protocolo de Acción Interinstitucional Especializado, velando por que las disposiciones jurídicas relativas al trabajo de niñas y niños se apliquen enérgicamente, fortaleciendo los mecanismos de inspección del trabajo infantil y brindando apoyo a las familias pobres para asegurar que los niños y las niñas asistan a la escuela;
Código de referencia E/C.12/SLV/CO/6 Fecha de recomendación 09/11/2022 Mecanismo Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derechos relacionados
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Obligación estatal de desarrollo progresivo de los derechos y de garantizar derechos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Trabajo y Prevision Social (MTPS)
  • Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA)
Fuente que surge la recomendación Pacto Internacional de Derechos Ecónomicos, Sociales y Culturales: Arts. 2, 3,10 y 16
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 34, 35, 131, 159, 167 y 168; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art.37; Ley Crecer Juntos: Arts. 152 y 154.
Observaciones Observaciones finales sobre el sexto informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E%2FC.12%2FSLV%2FCO%2F6&Lang=es
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