Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación [Aplicación interna del Pacto] 9. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Dé a conocer los derechos económicos, sociales y culturales, tal como se reconocen en el Pacto, y su justiciabilidad, en particular entre la judicatura, los abogados y las fuerzas del orden público;
Código de referencia E/C.12/SLV/CO/6 Fecha de recomendación 09/11/2022 Mecanismo Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derechos relacionados
  • Derecho a la educación
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de desarrollo progresivo de los derechos y de garantizar derechos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
Fuente que surge la recomendación Arts. 2, 3, 13 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131, 159, 167 y 168, 172 y 187; Ley orgánica Judicial: Arts. 1 y 102-G; Ley del Consejo Nacional de la Judicatura: Arts. 1 y 5; Ley orgánica de la Policia Nacional Civil: Art. 1.
Observaciones Observaciones finales sobre el sexto informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E%2FC.12%2FSLV%2FCO%2F6&Lang=es
Actualización
Regresar