Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «c) llevar a cabo un levantamiento de la información disponible sobre posibles sitios de inhumación o entierro a los cuales se deberá proteger para su preservación, a fin de que se inicien de manera sistemática y rigurosa, con los recursos humanos y económicos adecuados, las exhumaciones, identificación y, en su caso, entrega de los restos de las personas ejecutadas a sus familiares (punto resolutivo sexto de la Sentencia);»
Código de referencia R-25112021-000-04 Fecha de recomendación 25/11/2021 Mecanismo Supervisión de cumplimiento de sentencia
Derechos relacionados
  • Derecho a la verdad
  • Derecho a la reparación integral de las víctimas
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas en el contexto del conflicto armado de El Salvador (CONABÚSQUEDA)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos durante el Conflicto Armado Interno de El Salvador (CNB)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 13, 63.1, 68
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 168 ordinal 1°, 198 romano I. Decreto Ejecutivo N°33 de 21/08/2017, publicado el Diario Oficial N°153, Tomo N°416 de fecha 21/08/2017: Art. 6 lit. i); Decreto Ejecutivo N°5 de 15/01/2020, publicado en el Diario Oficial N°11, Tomo N°386 de fecha 18/01/2010: Art. 3 lit. i).
Observaciones CASO MASACRES DE EL MOZOTE Y LUGARES ALEDAÑOS VS. EL SALVADOR: https://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/masacres_mozote_25_11_21.pdf/nan
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