Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «No obstante, es imperativo preservar los esfuerzos y conquistas históricas alcanzadas por la población salvadoreña después del conflicto armado interno, tales como la construcción y fortalecimiento de su institucionalidad democrática, la independencia judicial y el Estado de Derecho. Lo anterior requiere la adopción de medidas efectivas y acordes con los estándares internacionales aplicables y la manutención de un diálogo abierto, respetuoso y constante con la Comisión Interamericana, otros organismos internacionales de derechos humanos, y la sociedad civil.»
Código de referencia IA-4A/23-05 Fecha de recomendación 01/04/2023 Mecanismo Informe Anual de la CIDH
Derechos relacionados
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los derechos humanos
  • Derecho de adecuación de disposiciones de derecho interno
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Dereechos Humanos: Arts. 1 y 2. Carta Democrática Interamericana: Arts. 1 y 3. Carta de la OEA: Art. 106
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 14, 133, 135, 168 ordinal 8°, 182 ordinal 5°, 194 romano I. Ley de la PDDH: Arts. 4 y 11
Observaciones Informe Anual de la CIDH, Cap. V - El Salvador: seguimiento a recomendaciones efectuadas en el informe "Situación de Derechos Humanos en El Salvador", de 2021: https://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2022/capitulos/12-IA2022_Cap_5_El_Salvador_ES.pdf/nan
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