Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urge al Estado de El Salvador a asegurar que las acciones de prevención y sanción a los crímenes y la delincuencia se implementen dentro de los límites y procedimientos que garanticen la seguridad pública y el respeto a los derechos y la dignidad humana. El Estado debe observar las garantías judiciales y el debido proceso legal en todas las circunstancias, incluyendo en el marco del régimen de excepción»
Código de referencia CP-082/22-01 Fecha de recomendación 20/04/2022 Mecanismo Comunicado de prensa
Derechos relacionados
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a las garantías y protección judiciales
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los derechos humanos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 1, 7, 8 y 25
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 12, 13, 14, 168 ordinal 3°, 182 ordinal 5°, 193 ordinal 3°, y 194 romano I. Ley Orgánica de la FGR: Art. 18. Ley Orgánica de la PNC: Art. 13
Observaciones Communicado de prensa de la CIDH No. 082/22: https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2022/082.asp/11 de noviembre de 2022: https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2022/254.asp 6 de abril de 2023: https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2023/058.asp
Actualización 06/04/2023
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