Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «273. La Corte dispone, como lo ha hecho en otros casos, que el Estado publique, en un plazo de seis meses, contado a partir de la notificación de la Sentencia: a) el resumen oficial de la presente Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en el Diario Oficial y en otro diario de amplia circulación nacional, con un tamaño de letra legible y adecuado, y»
Código de referencia S-02112021-441-01 Fecha de recomendación 02/11/2021 Mecanismo Sentencia (Excepciones preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas)
Derechos relacionados
  • Derecho a la verdad
  • Derecho a la reparación integral de las víctimas
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Imprenta Nacional (IN)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 13, 63.1, 68
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 168 ordinal 1°. Reglamento de la Imprenta Nacional
Observaciones Caso Manuela y Otros Vs. El Salvador: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_441_esp.pdf/nan
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