Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «7. Ordenar, sistematizar y poner a disposición de las víctimas, las autoridades del sistema de justicia y de búsqueda, así como de la sociedad en su conjunto - en este último caso, con el tratamiento de la protección de aspectos sensibles - toda la documentación de las fuerzas de seguridad que actuaron durante el conflicto armado interno, reconstruyendo los archivos que hayan sido destruidos o los documentos que no se produjeron cuando legalmente debían producirse»
Código de referencia IF-278/21-07 Fecha de recomendación 14/10/2021 Mecanismo Informe País
Derechos relacionados
  • Derecho a la verdad
  • Derecho a la libertad de pensamiento y de expresión
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Fuerza Armada de El Salvador (FAES)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derecehos Humanos: Art. 13
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 157, 159, 168 ordinal 11°, 12° y 17°, 213
Observaciones Informe País de la CIDH: Situación de derechos humanos en El Salvador: https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/2021_ElSalvador-ES.pdf / Informe Anual de la CIDH, Cap. V - El Salvador, p. 1003: Pendiente de cumplimiento. 01/04/2023, https://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2022/capitulos/12-IA2022_Cap_5_El_Salvador_ES.pdf/2023-04-01 00:00:00
Actualización 01/04/2023
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