Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «La Comisión Interamericana y el Relator Especial de la ONU urgen al Estado a asegurar que la jubilación anticipada constituya un derecho de las personas operadoras de justicia y no una imposición, en respeto a las garantías de estabilidad y permanencia en el cargo con la cual deben contar como aspecto fundamental a su independencia y derecho de acceso a la justicia de las personas bajo su jurisdicción»
Código de referencia CP-234/21-01 Fecha de recomendación 07/09/2021 Mecanismo Comunicado de prensa
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a las garantías y protección judiciales
  • Derecho a las garantías y protección judiciales
  • Obligación estatal de respeto de los derechos humanos
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 1, 8 y 25
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 131 ordinal 19°, 182, 186 y 187; Ley Orgánica de la FGR: Art. 18
Observaciones Comunicado de prensa No. 234/21. Comunicado conjunto con Relator Especial ONU https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2021/234.asp/nan
Actualización
Regresar