Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «Dar instrucciones precisas a los funcionarios en relación a la obligación de abstenerse de someter a personas defensoras a procesos penales injustificados por realizar su labor legítima y sancionar a quienes no cumplan con dichas instrucciones. Priorizar los procesos disciplinarios iniciados contra funcionarios que han incurrido en este tipo de falta»
Código de referencia IT-110/21-14 Fecha de recomendación 01/06/2021 Mecanismo Informe Temático
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a las garantías y protección judiciales
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los derechos humanos
Instituciones responsables
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Comisión Coordinadora del Sector Justicia (CCSJ)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 1, 8 y 25
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 182 y 193. Lery Orgánica de la FGR: Art. 18 Ley Orgánica de la PNC: Art. 13. Ley Orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector Justicia y la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 3 y 6
Observaciones Informe temático: «Directrices básicas para la investigación de delitos contra personas defensoras de derechos humanos en el Triángulo Norte»: https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Directrices-TrianguloNorte-es.pdf/nan
Actualización
Regresar