Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "(…) que el Estado repare integralmente las consecuencias de las violaciones enunciadas, incluyendo el pago de una justa indemnización; y que deje sin efecto la Ley de Amnistía General."
Código de referencia IA-014/16-02 Fecha de recomendación 03/10/2017 Mecanismo Informe Anual
Derechos relacionados
  • Derecho a la vida
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
Instituciones responsables
  • Presidencia de la República (PR)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
Fuente que surge la recomendación Convención Américana de Derechos Humanos, Art1, Art. 4, Art. 8 y Art. 25. Convención de Ginebra, art.3.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art. 144 y art.172; Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República: art.18 literal d; Código Penal (1973) Crímes de lesa humanidad, art. 400; Ley Orgánica Judicial: art.1.
Observaciones Recomendación obtenida de Comunicado de Prensa. El OUDH ha incluído a los comunicados de prensa como parte de los Informes Anuales de la CIDH
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