Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "Adoptar las medidas necesarias para fortalecer el sistema de protección a mujeres y niñas víctimas de violencia, incluyendo el fortalecimiento del sistema de seguimiento de medidas de protección así como la creación de una red de albergues de acogida con recursos suficientes para su funcionamiento."
Código de referencia IA-335/19-18 Fecha de recomendación 12/03/2021 Mecanismo Informe Anual
Derechos relacionados
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la vida
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial (MGDT)
  • Alcaldías Municipales (Alcaldías)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Instituto Salvadoreño para ell Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
Fuente que surge la recomendación Convención Américana de Derechos Humanos, Arts. 4, 5 y 7. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, Arts. 3, 4, 6; 7 lit. d), f), g) y h); 8 lit. d) y f) y 9.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 ord. 8°, Art. 167 ord. 3, Art. 204 ord. 2°; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: Art. 26, Arts. 33, 34 y 35, Art. 29 num. 1, 2 y 3, Art. 25 num. 4, Art. 57 lit. k), Art. 25 num. 1, Art. 25 num. 2, Art. 25 num. 5 y 57 lit. l); Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: Art. 22 lit. b); Decreto para la Creación de los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres: Art. 2; Ley Especial de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: Arts. 124 al 130, Arts. 119 al 122, Art. 123; Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación para una Vida Libre de Discriminación contra las Mujeres: Arts.38 y 39 lit. c), Arts. 7 y 8; Ley Orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector Justicia y de la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 3 y 6
Observaciones Recomendación obtenida de Comunicado de Prensa. El OUDH ha incluído a los comunicados de prensa como parte de los Informes Anuales de la CIDH
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