Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "Dotar de suficientes recursos humanos y financieros en los centros penales con el fin de garantizar condiciones mínimas de detención a las personas privadas de libertad conforme con los estándares interamericanos."
Código de referencia IA-335/19-06 Fecha de recomendación 12/03/2021 Mecanismo Informe Anual
Derechos relacionados
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Derecho a la salud
  • Derecho a la vida
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Presidencia de la República (PR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Dirección General de Centros Penales (DGCP)
Fuente que surge la recomendación Convención Américana de Derechos Humanos, Arts. 4, 5, 11 y 24. Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Arts. 3, 10.2. b; 10.2.c y 12.1 Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, Arts. 2, 3, 4 y 6.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 ord. 5° y 8°, Arts. 133 ord. 2° y 167 num. 3, Art. 194 rom. I num. 1, 2, 3, 7, 8, 9 y 10, Art. 133 ord. 2°; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 35 num. 1, 6 y 12, Art. 36 num. 5; Ley Penitenciaria: Art. 21 numeral 3
Observaciones Recomendación obtenida de Comunicado de Prensa. El OUDH ha incluído a los comunicados de prensa como parte de los Informes Anuales de la CIDH
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