Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Evaluar, caso por caso, la necesidad de aplicar a una persona las medidas extraordinarias de seguridad (o cualquier otro régimen jurídico que restrinja sus derechos humanos). Las autoridades deben revisar periódicamente y de oficio si esa necesidad persiste, y toda decisión en la materia debería estar sujeta a revisión judicial
Código de referencia A/HRC/38/44/Add.2-107b Fecha de recomendación 07/12/2018 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derechos de las personas privadas de libertad
Instituciones responsables
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Dirección General de Centros Penales (DGCP)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de su misión a El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 194 Rom. I Ord. 5º y 10º; Ley Penitenciaria: Art. 37 No. 15. y Art. 103; Código Penal: Art. 45.
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