Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación d)Vele por que ninguna ley nacional contenga disposiciones que den lugar a un nivel de protección inferior para los niños, como la edad de responsabilidad penal, y revise los artículos 52, 53 y 54 enmendados de la Ley Penal Juvenil, que permiten que la Fiscalía General de la República detenga a los niños con una orden administrativa, con miras a garantizar la obligatoriedad de que medie una decisión judicial para detener a cualquier niño;
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61851d Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución: Art.131 y Art. 194 literal I-, 1-, 8-, y 10; Ley orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector Justicia y la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 6 del literal a) al h); Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 6 y Art. 32 numeral 4; Reglamento interno del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia: Art. 41 literal a), b), c), d) y e)
Observaciones
Actualización
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