Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Haciendo referencia a su observación general núm. 11 (2009), sobre los niños indígenas y sus derechos en virtud de la Convención, el Comité recomienda al Estado parte que refuerce sus medidas destinadas a promover una educación de calidad para los niños indígenas, en particular proporcionándoles educación intercultural y bilingüe, y que mejore su nivel de salud y elimine la inseguridad alimentaria y la pobreza, con la participación plena y efectiva de los niños indígenas.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61847 Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Ministerio de Desarrollo Local/Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (MINDEL/FISDL)
  • Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT)
  • Ministerio de Cultura (MICULTURA)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Ley General de Educación: Art.9, Art.11 y Art. 12; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4, Art. 53-A, Art. 53-B literal 1), 3) y 5) y Art. 45E. literal 5).
Observaciones
Actualización
Regresar