Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Recordando su recomendación anterior (CRC/C/SLV/CO/3-4, párr. 71) y señalando a la atención del Estado parte su observación general núm. 17 (2013), sobre el derecho del niño al descanso, el esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida cultural y las artes, el Comité recomienda al Estado parte que redoble sus esfuerzos por crear en las comunidades más lugares públicos seguros para que los niños puedan realizar actividades deportivas, culturales, de esparcimiento y de recreo.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61845 Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT)
  • Ministerio de Cultura (MICULTURA)
  • Alcaldías Municipales (Alcaldías)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Ley de protección Especial para la niñez y la adolescencia: Artículo 86 literal d), g), h), i); Ley de Cultura: Art. 84 literal a), b), c) y d), Art.85 y Art.88; Código municipal: Art. 4 literal 1., 2., 3. y 4; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4.
Observaciones
Actualización
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