Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité acoge con satisfacción la Política Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (2013-2023) y recomienda al Estado parte que adopte las medidas necesarias para aprobar planes de acción actualizados a fin de aplicar la Política Nacional a nivel local, con el apoyo de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-6186 Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Consejo de Ministros (Consejo de Ministros)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 Ord. 8º, Art. 167 Ord. 3º, Art. 194 I., Art. 194 II. Literal 1), Art. 227; Ley de protección integral de la niñez y adolescencia: Art. 103, Art.105 literal a), b), c), d), e), f), g), h) i), Art. 109, Art. 110,Art.134,Art. 135 numerales 9 y 22, Art. 151, Artículo 138, Art. 146 literal j), Art. 149 literal b), Art. 153, Art.154, Art.179, Art.180; Ley Orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector Justicia y de la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 3 Inc. 1; Ley de la Procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 11 literal 10); Ley orgánica de la Procuraduría General de la República: Art. 27; Manual de Organización de la Dirección General de Presupuesto, citado el apartado 6.1.3 que habla de las funciones de este; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4, Art. 36 numeral 10; Reglamento interno y de funcionamiento del consejo nacional de la niñez y de la adolescencia: Art. 38, Art. 40; Reglamento de la Ley de la Procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 19.
Observaciones
Actualización
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