Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Proteja a las personas con discapacidad, en particular a las mujeres y las niñas con discapacidad, en el hogar y en las instituciones, las personas de edad con discapacidad, a las personas afrodescendientes con discapacidad, a las personas con discapacidad psicosocial o intelectual y a las personas con discapacidad que viven en condiciones difíciles en las zonas rurales o remotas, contra todas las formas de violencia, incluida la violencia sexual y de género
Código de referencia CRPD/C/SLV/CO/2-3c1933a Fecha de recomendación 01/10/2019 Mecanismo Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD)
Derechos relacionados
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derechos de las mujeres
  • Derechos de las personas con discapacidad
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Ministerio de Desarrollo Local/Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (MINDEL/FISDL)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD): Observaciones finales sobre los informes periódicos segundo y tercero combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Decreto de creación del consejo nacional de atención integral a la persona con discapacidad: Art. 4; Ley de la PDDH: Art. 11, 12; Reglamento de organización y funciones de la procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 20; LIEV: Art.- 1, 12; Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil: Art.- 1, 23; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 53-A, Art. 53-B, Art. 45E.
Observaciones
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