Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Modifique la Ley de Salud Mental y las políticas de salud mental para prohibir los castigos corporales, el aislamiento, las medidas de contención y las terapias anticonvulsivas y ponga fin a todo trato cruel, inhumano o degradante de las personas con discapacidad;
Código de referencia CRPD/C/SLV/CO/2-3c1931a Fecha de recomendación 01/10/2019 Mecanismo Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD)
Derechos relacionados
  • Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Desarrollo Local/Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (MINDEL/FISDL)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD): Observaciones finales sobre los informes periódicos segundo y tercero combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131; Decreto de creación del consejo nacional de atención integral a la persona con discapacidad: Art. 4; Ley de la PDDH: Art. 11, 12; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 53-A, Art. 53-B, Art. 45E.
Observaciones
Actualización
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