Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Adopte medidas eficaces para asegurar que las mujeres y niñas con discapacidad sean incluidas en las políticas y los programas de igualdad de género, y asegure que los proveedores de servicios públicos y privados que trabajan con mujeres con discapacidad o para estas incorporen la perspectiva de género y discapacidad en su labor
Código de referencia CRPD/C/SLV/CO/2-3c1913a Fecha de recomendación 01/10/2019 Mecanismo Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD)
Derechos relacionados
  • Derechos de las personas con discapacidad
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
  • Ministerio de Desarrollo Local/Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (MINDEL/FISDL)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD): Observaciones finales sobre los informes periódicos segundo y tercero combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Decreto de Creación del Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad: Art. 4; Ley de la PDDH: Art. 2, Art. 11; Reglamento de la PDDH: Art. 26; LEIV: Art. 2, Art. 7, Art. 8; LEPINA: Art. 103; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 53-A, Art. 53-B, Art. 45E.
Observaciones
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