Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Gobierno de El Salvador debería desplegar agentes de policía de sexo femenino en el marco de iniciativas más amplias de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, en general, y las desplazadas, en particular, y velar por que todos los miembros de la policía y las fuerzas de seguridad reciban capacitación en cuestiones de género.
Código de referencia A/HRC/38/39/Add.1-74p Fecha de recomendación 23/04/2018 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
Instituciones responsables
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Sistema Nacional de Atención y Protección Integral a Personas en Condición de Desplazamiento Forzado Interno (SINAPI)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos acerca de su visita a El Salvador (REDI)
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art. 159; Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil: art. 1, 23 No. 2 y 3; Ley Orgánica de la Academia Nacional de Seguridad Pública: art. 3 Lit. a, c y d; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: art. 4 Lit. e; Ley Especial para la Atención y Protección Integral de Personas en condición de desplazamiento forzado interno: art. 1, 2, 5, 6 y 15;Ley del ISDEMU: cap. II, art. 4 lit. e, f, g, h.
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