Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación La cúpula de la Fuerza Armada, incluido el Presidente, en tanto que Comandante General de la Fuerza Armada, y el Ministro de Defensa, deben remover los nombres, atrios y monumentos de efectivos militares acusados de serias violaciones de los derechos humanos de los batallones y destacamentos de las fuerzas armadas, así como prohibir la conmemoración de honores oficiales en su nombre.
Código de referencia A/HRC/45/45/Add.2c98 Fecha de recomendación 09/07/2020 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
Instituciones responsables
  • Presidencia de la República (PR)
  • Fuerza Armada de El Salvador (FAES)
  • Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada (EMC)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitucion de El Salvador: Art.- 168, 213; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 3, 69, 70; Ley Orgánica de la Fuerza Armada: Art. 11, 27, 28, 39.
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