Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El órgano judicial debe considerar el establecimiento de una clínica jurídica que brinde asistencia legal a las víctimas para el registro de denuncias y el litigio de casos de violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado.
Código de referencia A/HRC/45/45/Add.2c95 Fecha de recomendación 09/07/2020 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
Instituciones responsables
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 193; Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República: Art. 2, 13, 18; Manual de organización y funciones de la Fiscalía General de la República; Ley Orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector de Justicia y de la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 3, Art. 4.
Observaciones
Actualización
Regresar