Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación La Asamblea Legislativa debe adoptar a la brevedad una ley integral de justicia transicional que cumpla con los requisitos estipulados en la sentencia de 2016 de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General y con los estándares internacionales de derechos humanos, incluida la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siguiendo un proceso abierto y participativo que incluya a las víctimas y la sociedad civil.
Código de referencia A/HRC/45/45/Add.2c77 Fecha de recomendación 09/07/2020 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
  • Derechos políticos
  • Derecho de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la seguridad personal
  • Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Presidencia de la República (PR)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131, Art. 133, 168, 134, 136, 137; Sentencia de Incostitucionalidad 44-2013/145-2013.
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