Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Se asegure de que las condiciones de vida de las mujeres en los centros de detención se ajusten a las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok).
Código de referencia CEDAW/C/SLV/CO/8-9-REC-D49b) Fecha de recomendación 09/03/2017 Mecanismo Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la salud
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Dirección General de Centros Penales (DGCP)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): Observaciones finales sobre los informes periódicos octavo y noveno combinados de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4; Ley Penitenciaria: Art. 1, Art.10 y Art. 37 No. 13, Art. 19 y Art. 21 No. 1;Ley de Vigilancia y Control de Ejecución de medidas al menor sometido a la Ley Penal Juvenil: Art. 4 inc.1), Art. 118 Lit b; Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República: Art. 12 No. 2; Proceso de Inconstitucionalidad 128-2012; Habeas Corpus 119-2014.
Observaciones
Actualización
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