Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación “25 d) Fortalezca la capacidad de jueces, abogados y agentes del orden para aplicar estrictamente la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia y las correspondientes directrices de aplicación”
Código de referencia CEDAW/C/SLV/CO/8-9-REC-D25d) Fecha de recomendación 09/03/2017 Mecanismo Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
Derechos relacionados
  • Fortalecimiento institucional
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
  • Difusión y promoción de derechos humanos
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): Observaciones finales sobre los informes periódicos octavo y noveno combinados de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 187 inc. 2º; Ley del Consejo Nacional de la Judicatura: Art. 7 literal d), Art.39 y Art. 40 literal d); Ley de Creación del ISDEMU: Art. 4 literal d); Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4.
Observaciones
Actualización
Regresar