Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación “19. c) Siga fortaleciendo al Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer proporcionándole los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para asegurar la coordinación y la aplicación eficaz de las políticas públicas para el adelanto de la mujer y, en particular, para cumplir su mandato en la esfera de la recopilación de datos”.
Código de referencia CEDAW/C/SLV/CO/8-9-REC-D19c) Fecha de recomendación 09/03/2017 Mecanismo Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
Derechos relacionados
  • Fortalecimiento institucional
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Dirección General de Estadística y Censos (DIGESTYC)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): Observaciones finales sobre los informes periódicos octavo y noveno combinados de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4; Constitución de la República: Art. 131 Ord. 8º y Art. 227; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: Art.30 y Art. 34; Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres: Art. 13 Inc. 2º; Ley de creación del ISDEMU, Art. 4: Literal j).
Observaciones
Actualización
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