Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Estado parte debe revisar la legislación relativa el período inicial de detención (detención administrativa) para hacerla compatible con las disposiciones del Pacto y asegurar que dicha detención no exceda las 48 horas, que siempre se consideren medidas alternativas a la detención, y que la duración total de la detención provisional no sea excesiva.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-6-C28. Fecha de recomendación 09/05/2018 Mecanismo Comité de Derechos Humanos (CCPR)
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la seguridad personal
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
Fuente que surge la recomendación Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR): Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 No. 5.
Observaciones
Actualización
Regresar