Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Estado parte debe intensificar sus esfuerzos para garantizar que todas las víctimas tengan acceso a asistencia y protección, así como hacer efectivo el derecho de las mujeres víctimas de violencia al acceso a la justicia, incluyendo en zonas rurales.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-6-C14c Fecha de recomendación 09/05/2018 Mecanismo Comité de Derechos Humanos (CCPR)
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
Instituciones responsables
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Comisión Coordinadora del Sector Justicia (CCSJ)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR): Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 2 y 172, Art. 193 Ord. 1, Art. 194 Rom. I No. 1 y 3; Ley Orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector de Justicia y de la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 1, 3 Lit. b, c, i; Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: Art. 4 Lit. c y e; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: Art. 2; Sentencia Definitiva del Proceso de Inconstitucionalidad 62-2012.
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