Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación En cuanto a las peores formas de trabajo infantil, la Relatora Especial recomienda al Gobierno que: Asigne recursos específicos para combatir la práctica peligrosa y abusiva de forzar a los niños a mendigar.
Código de referencia A/HRC/33/46/Add.1-67C Fecha de recomendación 03/08/2016 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la seguridad personal
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Consejo Nacional contra la Trata de Personas (CNCTP)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, sobre su misión a El Salvador (RECFCECC)
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art. 131 No. 8, art. 167 Ord. 3, art. 194 Rom. II ord. 1º y y 227; Ley Especial para la Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: art. 38, 103 y 105; Ley Especial Contra la Trata de Personas: art. 3 Lit. a, 5 Lit. d y f, 7.
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