Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación En lo que atañe al trabajo forzoso, la Relatora Especial recomienda al Gobierno que: Revise el marco normativo en vigor relativo a las prácticas laborales de las empresas que operan en El Salvador, ya sea directamente o a través de sus cadenas de suministro, para asegurarse de que proteja los derechos de los ciudadanos salvadoreños y sea acorde a las normas internacionales de derechos humanos, los convenios pertinentes de la OIT y los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Puesta en Práctica del Marco de las Naciones Unidas para “Proteger, Respetar y Remediar”.
Código de referencia A/HRC/33/46/Add.1-66D Fecha de recomendación 03/08/2016 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho al trabajo
  • Difusión y promoción de derechos humanos
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Economía (MINEC)
  • Ministerio de Trabajo y Prevision Social (MTPS)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, sobre su misión a El Salvador (RECFCECC)
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art. 131 No. 5; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: art. 37 No. 1; Ley de Fomento a la Producción: Art.1; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: art. 40 No. 2, 5, 18.
Observaciones
Actualización
Regresar