Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación En lo que atañe al trabajo forzoso, la Relatora Especial recomienda al Gobierno que: Vele por que se amplíe el campo de acción de la Dirección General de Inspección de Trabajo de modo que queden incluidas todas las zonas del país, así como todas las esferas del sector informal.
Código de referencia A/HRC/33/46/Add.1-66C Fecha de recomendación 03/08/2016 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho al trabajo
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Economía (MINEC)
  • Ministerio de Trabajo y Prevision Social (MTPS)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, sobre su misión a El Salvador (RECFCECC)
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art. 131 No. 5; Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social: art.7 y 8 Lit. e; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: art. 37 No. 1 y 2; LSS: art. 3 y 4; Reglamento para la aplicación del Régimen del Seguro Social a los Trabajadores Independientes: art. 1 y 4.
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