Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Redoblar los esfuerzos para combatir y prevenir todas las formas de violencia, incluidas la violencia sexual y de género, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales y la tortura, velando, al mismo tiempo, por que las medidas adoptadas sean conformes con el derecho internacional de los derechos humanos (Lituania).
Código de referencia A/HRC/43/5-103.41 Fecha de recomendación 02/01/2020 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Derecho a la integridad física y moral
Instituciones responsables
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Sistema Nacional de Desarrollo, Protección e Inclusión Social (SNDPI)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Inspectoría General de la Policía Nacional Civil (IGSP)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal (EPU), tercer ciclo de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: 35 No. 1, Art. 32 No. 1 y 2; Constitución de la República: Art. 193, Art. 159, Art. 2, Art. 194 Rom. I Ord. 1 y 8; Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República: Art. 2; Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil: Art. 4 No. 2, 4 y 5; Ley de Desarrollo y Protección Social: Art. 2, Art. 3; Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: Art. 4; Ley de Igual, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres: Art. 8; Ley Orgánica de la Inspectoría General de Seguridad Pública: Art. 3, Art. 5 Lit. a, c, h, I, j, k, l, m, Art. 22
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