Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 121. El Grupo de Trabajo pide al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación de las Sras. Rogel, Arana y Hernández sin dilación y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
Código de referencia A/HRC/WGAD/2019/68 Fecha de recomendación 04/03/2020 Mecanismo Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria
Derechos relacionados
  • Derecho a la vida
  • Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Derecho a la igualdad ante la ley y protección de la ley
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
Fuente que surge la recomendación Declaración Universal de Derechos Humanos: Arts. 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9 y 11; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: 2, 3, 6, 7, 9 y 17; Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer: Arts. 1, 2, 3, 12 y 16
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 131, 167 y 168
Observaciones Opinión núm. 68/2019, relativa a Sara del Rosario Rogel García, Berta Margarita Arana Hernández y Evelyn Beatriz Hernández Cruz (El Salvador), Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, 86º período de sesiones: https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Issues/Detention/Opinions/Session86/A_HRC_WGAD_2019_68_AdvanceEditedVersion.pdf
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