Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 5. Sírvase proporcionar información sobre las condiciones en las que se encuentran detenidas las personas que han sido privadas de su libertad durante el estado de excepción. De manera particular, nos interesa obtener información estadística sobre el número total de personas detenidas, segregada por sexo y por condición de vulnerabilidad (en particular, personas con discapacidad, personas LGBTIQ, personas adultas mayores, migrantes, solicitantes de asilo, y pacientes con enfermedades crónicas), así como por rangos etarios, destacando de manera clara menores y mayores de 18 años. Del mismo modo, solicitamos que se sirva proveernos de la siguiente información complementaria: nombre de los diferentes centros o establecimientos en los que se encuentran las personas detenidas durante el estado de excepción, capacidad instalada, ocupación actual, detalles de la alimentación proveída, gestiones realizadas con las autoridades de salud para identificar, y en su caso atender, las necesidades de chequeo, procedimientos, medicamentos o terapias que sean requeridas, en particular sobre pacientes que requieran atención urgente de salud y/o que padezcan de enfermedades crónicas, entre otros.
Código de referencia AL SLV 2/2022 Fecha de recomendación 01/06/2022 Mecanismo Mandatos del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias; del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: de la Relatora Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; del Relator Especial sobre la independencia de losmagistrados y abogados y de la Relatora Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo
Derechos relacionados
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes
  • Derecho a la igualdad ante la ley y protección de la ley
  • Derecho a un nivel de vida adecuado
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la libertad personal. Derecho a la seguridad
  • Derecho a un juicio justo y público por un tribunal independiente e imparcial
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Salud (MINSAL)
  • Dirección General de Centros Penales (DGCP)
Fuente que surge la recomendación Declaración Universal de Derechos Humanos: Arts, 1, 2, 3, 7, 8, 9, 11 y 25; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Arts. 2, 3. 4, 6, 9, 10, 14 y 26 ; Pacto Internacional de Derechos Economicos, Culturales y Sociales: Arts. 2, 3 y 4; Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes: Arts. 1, 2, 4, 11, 12, 13, 14, 15 y 16
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 65, 159, 167 168; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 42; Ley Penitenciaria: 19 y 21
Observaciones Comunicación al Estado: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=27299 Violaciones de derechos humanos en el marco del Régimen de Excepción y reformas a la legislación penal implementadas recientemente en El Salvador
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