Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 3. ¿Qué medidas tomará el Gobierno de su Excelencia para garantizar que el proyecto de ley en cuestión se modifique de acuerdo con las normas internacionales de derehos humanos?
Código de referencia OL SLV 8/2021 Fecha de recomendación 30/11/2021 Mecanismo Mandatos del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; de la Relatora Especial sobre la promoción y protección del dereecho a la libertad de opinión y de expresión; y de la Relatora Especail sobre la situación de los derensores de derechos humanos
Derechos relacionados
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Derecho a la libertad personal. Derecho a la seguridad
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
Fuente que surge la recomendación Declaración Universal de Derechos Humanos: Arts, 1, 2, 3 y 28; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Arts. 2 y 3 ; Pacto Internacional de Derechos Economicos, Culturales y Sociales: Arts. 2 y 3
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 131, 167 y 168
Observaciones Comunicación al Estado: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=26852 Preocupación sobre proyecto de Ley de Agentes Extranjeros.
Actualización
Regresar