Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 3. Sírvase explicar cómo las afirmaciones hechas por el Presidente de la República en fecha 25 de julio de 2019 en relación con el procedimiento penal a cargo del Sr. Reyes y su entorno son concordantes con las obligaciones del Estado de respetar y acatar la independencia de la judicatura
Código de referencia AL SLV 3/2020 Fecha de recomendación 19/10/2020 Mecanismo Mandatos del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados; y del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición
Derechos relacionados
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Derecho a la libertad personal. Derecho a la seguridad
  • Derecho a la igualdad ante la ley y protección de la ley
  • Derecho a un juicio justo y público por un tribunal independiente e imparcial
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
Fuente que surge la recomendación Declaración Universal de Derechos Humanos: Arts, 1, 2, 3, 7, 8, 9 y 11; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Arts. 2, 3. 4, 9, 10, 14 y 26 ; Pacto Internacional de Derechos Economicos, Culturales y Sociales: Arts. 2, 3 y 4
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 167, 168, 172, 182 Y 194
Observaciones Comunicación al Estado (no respondida por el Estado): https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=25638. Acoso judicial contra el Sr. Othon Sigfrido Reyes Morales y su samilia, y ataques contra la independencia de la justicia atribuidos al Presidente de la República de El Salvador, consistentes en el desacato a diversas resoluciones judiciales así como en las reiteradas declaraciones públicas desafiando la autoridad de la Corte Suprema y de su Sala Constitucional.
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