Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 103.41 Redoblar los esfuerzos para combatir y prevenir todas las formas de violencia, incluidas la violencia sexual y de género, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales y la tortura, velando, al mismo tiempo, por que las medidas adoptadas sean conformes con el derecho internacional de los derechos humanos (Lituania);
Código de referencia A/HRC/43/5 Fecha de recomendación 02/01/2020 Mecanismo Examen Periódico Universal
Derechos relacionados
  • Derecho a la vida
  • Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Derecho a la libertad personal. Derecho a la seguridad
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
Fuente que surge la recomendación Declaración Universal de Derechos Humanos: Arts. 1, 2, 3, 5 y 28; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos : Arts. 2, 3 y 7; Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer: Arts. 1, 2, 3, 6 y 7; Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Arts. 2, 3. 4 y 16
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 131, 159, 167 y 168; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 39
Observaciones Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, 3a ciclo: https://www.ohchr.org/es/hr-bodies/upr/sv-index
Actualización 04/11/2019
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