Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación 33. A la luz de las recomendaciones anteriores del Comité (CMW/C/SLV/CO/2, párr. 45), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, entre otras cosas mediante la cooperación internacional, regional y bilateral con los países de origen, tránsito y destino, así como sobre los correspondientes recursos, tanto financieros como humanos, asignados por el Estado parte, para prevenir y combatir la trata de personas, en particular de mujeres y niños. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para aprobar leyes y políticas que garanticen la aplicación de la legislación para combatir la trata de personas. En particular, se ruega facilitar información sobre:a) Los programas destinados a prevenir la trata de personas y ofrecer una protección efectiva a las víctimas de la trata, así como a garantizarles el acceso a la justicia y a recursos legales; b) Las actividades de capacitación para identificar a las víctimas de la trata y el tráfico ilícito, dirigidas a los jueces, los agentes del orden, los guardias de fronteras y los trabajadores sociales, en particular en las zonas remotas y rurales; c) Los casos denunciados de trata y de tráfico ilícito de trabajadores migratorios, desglosados por sexo, edad, nacionalidad y finalidad de la trata, así como las investigaciones y los enjuiciamientos llevados a cabo y las condenas impuestas a los autores; d) El establecimiento de centros de acogida y programas de protección y las medidas para la rehabilitación e integración social de las víctimas, para ayudarlas a reconstruir su vida, incluida la asistencia para su recuperación física, psicológica y social; e) Las medidas actuadas para continuar con sus iniciativas y esfuerzos regionales para la búsqueda de los trabajadores migratorios y de sus familiares desaparecidos y fallecidos en las rutas migratorias.
Código de referencia CMW/C/SLV/QPR/3 Fecha de recomendación 23/02/2021 Mecanismo Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Derechos relacionados
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Dirección General de Migración y Extranjería (DGME)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
Fuente que surge la recomendación Art.7, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 73, 83, 84 Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 96, 159, 167, 168, 193 Y 194; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 y 42; Ley Especial de Migración y extranjería: Art. 6, 12 y 13; Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República: Art. 18.
Observaciones Lista de cuestiones previa a la presentación del tercer informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CMW%2FC%2FSLV%2FQPR%2F3&Lang=en
Actualización 25/11/2022
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