Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Sírvanse proporcionar información sobre los programas previos a la salida para los nacionales del Estado parte que están considerando la posibilidad de emigrar, incluida información sobre sus derechos y obligaciones en el Estado de empleo. Sírvanse indicar qué institución del Gobierno es la encargada de facilitar dicha información y si se han elaborado y adecuadamente financiado políticas, programas o legislación coordinadas para asegurar la transparencia y la rendición de cuentas de este proceso. Sírvanse también proporcionar información sobre los mecanismos de seguimiento con respecto a los migrantes que participan en programas en el extranjero, y los compromisos de las organizaciones asociadas en El Salvador y los países de destino, sean o no agencias de contratación.
Código de referencia CMW/C/SLV/QPR/3 Fecha de recomendación 23/02/2021 Mecanismo Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Derechos relacionados
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
Fuente que surge la recomendación Art.7, 37, 73, 84 Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 159, 168 y 169; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32
Observaciones Lista de cuestiones previa a la presentación del tercer informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CMW%2FC%2FSLV%2FQPR%2F3&Lang=en
Actualización 25/11/2022
Regresar