Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité recomienda al Estado parte que: a) Adopte medidas eficaces para garantizar el acceso de los pueblos indígenas a la educación intercultural y en sus lenguas propias, velando por que esa educación integre las tradiciones y los conocimientos culturales de los pueblos indígenas;
Código de referencia E/C.12/SLV/CO/6 Fecha de recomendación 09/11/2022 Mecanismo Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derechos relacionados
  • Derecho a la educación
  • Derecho a la igualdad y no discriminación
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los DD. HH. y de adopción de medidas oportunas para hacer efectivos los derechos
  • Obligación estatal de desarrollo progresivo de los derechos y de garantizar derechos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Cultura (MICULTURA)
  • Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT)
Fuente que surge la recomendación Art. 1, 2, 3, 13 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 53, 54,63, 159, 167 y 168; Reglamento del Órgano Ejecutivo: Arts. 38 y 45-C
Observaciones Observaciones finales sobre el sexto informe periódico de El Salvador: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E%2FC.12%2FSLV%2FCO%2F6&Lang=es
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