Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «e) garantizar las condiciones adecuadas a fin de que las víctimas desplazadas puedan retornar a sus comunidades de origen de manera permanente, si así lo desean, así como implementar un programa habitacional en las zonas afectadas por las masacres del presente caso (punto resolutivo octavo de la Sentencia);»
Código de referencia R-25112021-000-06 Fecha de recomendación 25/11/2021 Mecanismo Supervisión de cumplimiento de sentencia
Derechos relacionados
  • Derecho a la reparación integral de las víctimas
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Alcaldías Municipales (Alcaldías)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 63.1, 68
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 131 ordinal 8°, 167 ordinal 3°, 168 ordinal 1°, 198 romano I, 224, 226 y 227.
Observaciones CASO MASACRES DE EL MOZOTE Y LUGARES ALEDAÑOS VS. EL SALVADOR: https://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/masacres_mozote_25_11_21.pdf/nan
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