Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «La CIDH hace un llamado a que el Estado atienda a las deudas con las víctimas del conflicto armado interno, que esperan por verdad, justicia y reparación por décadas. También a implementar los esfuerzos correspondientes para producir los datos estadísticos que permitan identificar la población indígena y afrodescendiente a nivel nacional.»
Código de referencia IA-4A/23-02 Fecha de recomendación 01/04/2023 Mecanismo Informe Anual de la CIDH
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a las garantías y protección judiciales
  • Derecho a la verdad
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas en el contexto del conflicto armado de El Salvador (CONABÚSQUEDA)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos durante el Conflicto Armado Interno de El Salvador (CNB)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 8, 13, 25
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 14, 131 ordinal 5°, 133 ordinal 2°, 134 al 143, 168 ordinal 1°, 8° y 140, 174, 183, 182 ordinal 5°, 193 ordinal 3°, 194 romano I. Ley Orgánica de la FGR: Art. 18. Decreto Ejecutivo N°33 de 21/08/2017, publicado el Diario Oficial N°153, Tomo N°416 de fecha 21/08/2017: Art. 6 lit. i); Decreto Ejecutivo N°5 de 15/01/2020, publicado en el Diario Oficial N°11, Tomo N°386 de fecha 18/01/2010: Art. 3 lit. i).
Observaciones Informe Anual de la CIDH, Cap. V - El Salvador: seguimiento a recomendaciones efectuadas en el informe "Situación de Derechos Humanos en El Salvador", de 2021: https://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2022/capitulos/12-IA2022_Cap_5_El_Salvador_ES.pdf/nan
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